PROGRAMA

Docente responsable: Prof. Lic. Juan Jorge Michel Fariña

Ayudante de Primera: Musicoterapeuta (UBA) y Mg. UBA, Silvina Gabriela Luzzi

PROGRAMA

I. FUNDAMENTACIÓN GENERAL

Los grandes cuestionamientos éticos en el campo de la salud se han producido acompañando las convulsiones políticas y científicas de la historia de la humanidad. El surgimiento de hechos inéditos somete a los profesionales a una puesta a prueba de sus instrumentos y al sentido social y subjetivo que éstos conllevan.
Desde el juramento hipocrático, pasando por la célebre “fábrica del cuerpo humano” con que Andrea Vesalio introdujo sus tratados sobre anatomía en 1543, el nacimiento de la experimentación con Claude Bernard, el Código de Nuremberg, hasta las actuales cuestiones en torno a la clonación y el Proyecto Genoma Humano, todo un campo de debates permanece abierto.
La experiencia clínico terapéutica ha sido particularmente prolífica en el análisis de los resortes que anudan la práctica profesional a sus determinaciones sociales en contextos de crisis. La articulación entre ética y Derechos Humanos ha resultado su correlato lógico, como lo demuestra la reciente Declaración Universal suscripta por UNESCO para todos sus Estados miembros. Esta preocupación de la comunidad científica mundial tiene por un lado un carácter retrospectivo -reparación de estructuras dañadas y ejercicio de la memoria de lo sucedido-, pero sobre todo una visión prospectiva en la mejor comprensión de los alcances y límites de los instrumentos técnicos y teóricos.
Abordar los problemas éticos relativos a la práctica profesional de la Musicoterapia en el marco de los Derechos Humanos, supone establecer las siguientes dos premisas:

a) La primera mitad del siglo XX ha puesto en evidencia el desarrollo desigual entre el avance de los desarrollos tecnológicos y la capacidad del sujeto para pensarlos en función de una mayor calidad de vida y convivencia de la humanidad. Así devinieron las equívocas nociones de ‘inteligencia’ y ‘raza’, las teorías eugenésicas de Galton, y los programas de exterminación llevados adelante en nombre de la ciencia por el régimen nazi. Herederas de estas experiencias, las nociones contemporáneas de ética profesional y de derechos humanos, constituyen un punto de referencia insoslayable –que impone un límite a las formas extremas de la barbarie. Abre por lo mismo nuevos debates en los que no siempre existe acuerdo entre los profesionales.

b) En este contexto, las prácticas terapéuticas en el campo de la salud mental han evidenciado una enorme preocupación por definir los principios éticos que rigen su quehacer profesional. Y lo ha hecho no como impostación ante una exigencia exterior, sino en absoluta consistencia con la peculiaridad de su objeto de estudio. Muestras de ello son la cuidada y exhaustiva redacción de la versión 2002 de los Principios Eticos de los Psicólogos y Código de Conducta, el ya clásico manual Ethical Conflicts in Psychology (1995), ambos de la American Psychological Association, y la reciente versión del Código de Etica de la World Psychiatric Association. La Musicoterapia se ha incorporado de manera decisiva a esta tendencia contemporánea a través del enunciado de principios éticos por parte de la Asociación Mundial de Musicoterapia y el más reciente de la Asociación Europea de Musicoterapia. En el reciente Congreso Mundial de Musicoterapia que tuvo lugar en Argentina en 2008, el tema fue objeto de varios trabajos y productivas discusiones.

En consistencia con las tendencias contemporáneas, la transmisión de la ética en Musicoterapia se organiza a través de un doble movimiento, doble movimiento que da cuenta de la dialéctica de lo particular y lo universal-singular.

Primer movimiento: está integrado por el corpus de conocimientos disponibles en materia de ética profesional y constituye el "estado del arte". Estado del arte que refleja los avances alcanzados por la disciplina y permite deducir el accionar deseable del musicoterapeuta ante situaciones dilemáticas de la práctica profesional. Da cuenta del "qué hacer". Su formulación sintética se expresa en las normativas profesionales, entendidas éstas no en su carácter expeditivo sino como la manifestación más depurada de los conocimientos disponibles en la materia. En la práctica, establecen la relación del musicoterapeuta con el orden jurídico-legal (confidencialidad), y los límites de su propio sistema de valores personales (explotación, conflicto de intereses, límites de la relación).

Segundo movimiento: suplementario del anterior, da cuenta no del caso particular, sino de la singularidad en situación. Da cuenta no del "deber hacer" de la pauta deontológica particular, sino del "qué hacer", pero ahora en acto, allí donde la situación se revela a posteriori como ocasión para un movimiento cuya eficacia radica justamente en la ausencia de todo cálculo. El acto creador en música y su correlato clínico resultan aquí un capital de enorme importancia epistemológica.

II. OBJETIVO GENERAL

Desde este punto de vista, el objetivo general del taller en la Licenciatura en Musicoterapia de la Facultad de Psicología de la UBA no debe consistir en la impostación de una disciplina clásica (de la filosofía, del derecho o de la medicina) en el interior de la formación musicoterapéutica, sino el desafío de la construcción de un espacio original.
Esto requiere del aporte de diversas disciplinas, pero no a modo de una sumatoria, sino como soportes para el desarrollo de un área de estudios que reconoce su peculiaridad y debe ser consolidada.
En consecuencia, el taller se propone formar a los estudiantes en un conocimiento riguroso del concepto de ética, sustentado en referencias universalistas ligadas al enriquecimiento simbólico de la especie humana. A partir de ello, posibilitar una articulación entre ética y derechos humanos que sea respetuosa de la complejidad que estos conceptos encierran, organizando así un marco para el abordaje de los dilemas éticos que se presentan en la práctica.
Esto último supone, tanto el conocimiento teórico e histórico de los códigos de ética y otras herramientas deontológicas y jurídicas, como la capacidad y vocación para encontrar sus pertinencias y límites. Alcanzar por esta vía una conciencia crítica, será el permanente objetivo latente del taller; sólo su consecución permitirá al estudiante predisponerse adecuadamente para los desafíos que se avecinan, y ubicarse así con pertinencia y responsabilidad ante un mundo cada vez más intenso.

III. OBJETIVOS ESPECIFICOS

Sobre la base general de elaborar los lineamientos de un marco normativo para la para la práctica profesional del Musicoterapeuta como agente de salud, el taller se propone los siguientes objetivos específicos:

- Delimitar para el futuro egresado el campo de interés de la Etica en relación a la subjetividad y a los Derechos Humanos
- Impartir conocimientos en torno a los comités interdisciplinarios de Etica y a las normativas que rigen la práctica del Musicoterapeuta
- Contribuir a un relevamiento de las cuestiones éticas específicas que plantea la práctica del musicoterapeuta
- Elaborar una propuesta original para el campo de la Musicoterapia

IV. MODALIDAD DE LA CURSADA Y REGIMEN DE PROMOCION

El taller tendrá una carga horaria de 20 horas, distribuidas en cinco reuniones de cuatro horas cada una. Se exige un presentismo del 75 %.

Cada uno de los encuentros estará dividido a los fines operativos en tres bloques:

a) el primero estará consagrado a una exposición sobre cada uno de los ejes conceptuales que integran el programa del taller,

b) en el segundo se presentarán y discutirán casos de la práctica musicoterapéutica,

c) el tercero estará destinado a audiciones en las cuales la experiencia musical resulte ocasión para un acto ético-creador.

A lo largo de los encuentros, los estudiantes irán diseñando los lineamientos de un trabajo escrito cuya aprobación será condición para obtener la regularidad en el taller. Tal trabajo, si bien incluirá la puesta en juego de los conocimientos adquiridos, deberá estar asentado en un trabajo empírico que incluya relevamiento de situaciones específicas de la musicoterapia.

Este trabajo se considerará aprobado con la nota mínima de 4 (cuatro) puntos y deberá ser defendido en modalidad de coloquio durante las fechas previstas de exámenes finales.

El taller no cuenta con régimen de promoción sin examen final.

V. PROGRAMA ANALÍTICO

MÓDULO 1: LO UNIVERSAL-SINGULAR COMO HORIZONTE DE LA ETICA Y LOS DERECHOS HUMANOS

El doble movimiento de la ética profesional: encuadre particular (estado del Arte) y dimensión singular. Lo universal-singular. Cuestiones filosóficas y lógicas. La singularidad humana frente al problema de los particularismos. Problema ético, dilema ético, mala praxis. Los Derechos Humanos como respeto por la diversidad simbólica de la especie.

MÓDULO 2: PRINCIPIOS ETICOS Y DEONTOLOGICOS

La clasificación del IBIS (International Bioethical Information System) –8 capitulos y 32 ítems. Principios de Autonomía y Benficencia. La involucración sexual entre terapeuta y paciente como caso paradigmático de falla ética.

MODULO 3: CUESTIONES ETICAS EN MUSICOTERAPIA

Presentación y discusión de situaciones dilemáticas en los distintos ámbitos de la práctica de la musicoterapia. Ejes problemáticos. Confidencialidad y privacidad: definiciones, importancia de su ejercicio y excepciones. Ética en la Educación. Etica y Necesidades especiales en Musicoterapia. Bioética e investigación en Musicoterapia. Relación entre el musicoterapeuta y el equipo de salud.

MODULO 4: LA NORMATIVA PROFESIONAL

El código y las normativas emanados de la Australian Music Therapy Association (AMTA) y de la World Federation of Music Therapy (WFMT) como antecedentes de la versión preliminar de la ASAM (Asociación Argentina de Musicoterapia). Su relación con la nueva normativa internacional de las ciencias de la salud (AMA, 2002; APA, 2003, WPA, 2005). Análisis comparativo de los principales capítulos, principios y normativas.

V. BIBLIOGRAFÍA

MÓDULO 1: LO UNIVERSAL-SINGULAR COMO HORIZONTE DE LA ETICA Y LOS DERECHOS HUMANOS

Bibliografía obligatoria

Luzzi, S. (2001,s/p): Arnold Schoenberg: El acto ético-musicoterapéutico. Tesina de graduación en Musicoterapia, Universidad de Buenos Aires

Michel Fariña, J. J.: El doble movimiento de la Ética contemporánea. Una ilustración musical cinematográfica. En La transmisión de la ética. Clínica y deontología. Vol. I: Fundamentos.

Lewkowicz, I. (1998). Particular, Universal, Singular. En Ética: un horizonte en quiebra. Cap. III. Eudeba, Buenos Aires..

Michel Fariña, J. (1995). Ética Profesional. Acápite 3.4. La ética y los valores universales. En Dossier Bibliográfico. Ediciones Facultad del Psicología.

Ariel, A. (1994). Una poética del estilo. En El estilo y el acto. Ediciones Manantial, Buenos Aires.

Bibliografía optativa

Garrofe, P. (2001): La voz y las voces: Etica y música.

Shoenberg, A. (1974). Consonancia y Disonancia. En: Tratado de Armonía. Real Musical. Madrid.

MÓDULO 2: PRINCIPIOS ETICOS Y DEONTOLOGICOS

Bibliografía obligatoria

Freud, S.: Puntualizaciones sobre el amor de transferencia. En Obras Completas, Amorrortu Editores, Buenos Aires, 1986.

UNESCO: Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos, 2005.

Michel Fariña, J.: Abuso sexual en la psicoterapia. Clase dictada el 5 de noviembre de 1992. Ediciones CEP.

Bibliografía optativa

Michel Fariña, J.: Las minorías según Benetton. Factores antropológicos e históricos en la constitución de las nuevas minorías. Clase dictada en el CBC, UBA. Agosto de 1999. IBIS, versión 1.0. 2002.

Shapira, D.: Teoría, Lenguaje y Ética en Musicoterapia.

MÓDULO 3: CUESTIONES ETICAS EN MUSICOTERAPIA

Bibliografía obligatoria

Mapa conceptual para la Etica en la Intervención Terapéutica. IBIS, 2002.

Estudio de casos: dossier preparado por estudiantes de Musicoterapia UBA. Disponible en www.redibis.com.ar/musicoterapia

Bibliografía optativa

Asociación Médica Argentina (AMA): Código de Etica para el Equipo de Salud. En IBIS, versión 1.0

MÓDULO 4: LA NORMATIVA PROFESIONAL

Bibliografía obligatoria

Salomone, Gabriela Z.: Consideraciones sobre la Ética Profesional: dimensión clínica y campo deontológico-jurídico. En La transmisión de la ética. Clínica y deontología. Vol. I: Fundamentos. Letra Viva, 2006.

Bibliografía de consulta

Australian Music Therapy Association (AMTA): Code of Ethics

VI. OTROS MATERIALES

Dada la modalidad de taller, la organización del presente programa incluye una serie de materiales -textos, grabaciones musicales, videos documentales, films- a ser trabajados como complemento de la bibliografía obligatoria y electiva que integra el programa.

Se cuenta asimismo con los informes de avances de estudiantes de cuatrimestres anteriores, los cuales están disponibles en la página web:
www.redibis.com.ar/musicoterapia

Qué es un musicoterapeuta: discusión del film “Nadie es perfecto” y del texto de Silvina Luzzi y Juan Jorge Fariña. En Etica y cine, CD ROM.

Diez variaciones para Mr. Kinsky y Shandurai. Discusión del film “Cautivos del amor”y del texto de Silvina Luzzi y Juan Jorge Fariña. En Etica y cine, op.cit.

La lección de piano discusión del film homónimo y del texto de Carlos Gutiérrez. En Etica y cine, op.cit.

Querido Maestro Discusión del film, y el texto de Silvina Luzzi. En Etica y cine, op. cit.

Mar abierto. Discusión del film: una analogía musicoterapéutica. Michel Fariña, en Etica y Cine, op.cit.

Material audiovisual correspondiente a las campañas antirracistas de la empresa Benetton. En IBIS 1.0.

Etica y Derechos Humanos. Concepciones éticas de estudiantes universitarios en torno al HIV. Ver resultados de investigaciones en IBIS 1.0.

Trabajo de entrevistas a profesionales sobre situaciones dilemáticas de la práctica musicoterapéutica. UBACyT.

La experiencia de Stanley Milgram desde el punto de vista ético. Ver video y comentario en IBIS 1.0.


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